Modificaciones en el programa de Precios Máximos
- Francisco Gonzalez
- 13 nov 2020
- 1 Min. de lectura
Actualizado: 18 dic 2020
Se actualizó la lista de Precios Máximos y se excluyeron productos que no son considerados “de necesidad básica”
A continuación te contamos cuáles son.

Bebidas alcohólicas excluídas:
Bebidas blancas, whiskys, licores, aperitivos y variedades de vinos, bebidas isotonicas y energizantes, los jugos a base de soja y los de fruta 100% natural.
Alimentos excluídos:
Arroz integral y preparado, patés, conserva de fruta, golosinas, barras de cereales; sémola, harinas integrales; café en saquitos, cápsulas o bolsitas; té en hebras; leches condensadas y vegetales; papas, pizzas y empanadas congeladas; premezclas para pizza; sopas concentradas; salsas de soja; acetos y como asi también algunos quesos.
Productos de limpieza excluídos:
Pastillas y bloque de inodoros; aprestos y perfumes para tela; limpia metales; y pomadas para limpieza de calzado.
Productos de higiene personal excluídos:
Enjuagues bucales; mauqillajes, base, delineador y labial; loción para después de afeitarse; productos de limpieza y cuidado facial, cremas antiarrugas y antiacné; creams para peinar, gel, cera y tratamiento capilar.
El sistema rige desde Marzo. Sólo había autorizado un incremento para algunos productos en Julio. Ahora podrán aumentar sus precio desde el aceite de maíz hasta algunos vinos de lujo.
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